Hacer negocios en El Salvador ahora es más sencillo

Hacer negocios en El Salvador ahora es más sencillo

Las mejoras del clima empresarial de El Salvador incluyen la creación de la ventanilla única para constituir empresas y obtener el número de registro empresarial. Estos trámites se realizan en línea en https://simple.sv/, una plataforma con la que El Salvador se suma a los pocos países del mundo que ofrecen una ventanilla única virtual para constituir una empresa

Por Luisa Maria Rivera Castellanos, socia fundadora en Consensus Lex

Descripción paso a paso de los procedimientos obligatorios para el establecimiento de una empresa en El Salvador: 

  • Conformación de la constitución de la sociedad ante un notario 
  • Inscripción de la constitución de la sociedad 
  • Matrícula de empresa y establecimiento de la sociedad 
  • Registro Número de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad 
  • Registro Número de Registro de Contribuyente (NRC / IVA) de la sociedad 
  • Inscripción del balance inicial de la sociedad 
  • Registro del número de identificación patronal ISSS 
  • Registro del centro de trabajo de la sociedad 
  • Inscripción del empleador en Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) 
  • Inscripción del reglamento interno de trabajo de la sociedad (MTPS) 
  • Registro de capital extranjero. Se realiza en la oficina nacional de inversiones (ONI) del Ministerio de Economía 
  • Solvencia de registro de empresa en la Oficina Nacional de Estadísticas y Censos del Banco Central de Reserva (ONEC) 
  • Inscripción de empresa en la alcaldía municipal del domicilio de la sociedad y sus establecimientos

Nota: El marco jurídico de El Salvador ofrece incentivos fiscales, incluida la exención total del impuesto sobre la renta, impuestos municipales, impuestos sobre transferencias de bienes muebles, así como derechos de aduana e impuestos sobre la importación de maquinaria, equipo, materias primas y otros artículos utilizados en la producción de bienes y servicios, para todas aquellas actividades contempladas en las leyes de incentivos fiscales.

Creemos importante compartir con ustedes la parte novedosa que comprenden las recientes leyes aprobadas en El Salvador, iniciando con la primera de ellas:

Bitcoin

En septiembre de 2021, El Salvador marcó historia al implementar la Ley Bitcoin, siendo el primer país en adoptar el Bitcoin como moneda de curso legal. 

Esta acción ha despertado un gran interés entre inversores extranjeros, quienes consideran establecer operaciones en el país, no solo en el ámbito de las criptomonedas sino también en sectores como el turismo, bienes raíces, tecnología, minería y energía. Esta iniciativa sitúa a El Salvador a la vanguardia de la innovación financiera y tecnológica a nivel mundial. 

Ventajas de invertir en El Salvador

  • Marco regulatorio claramente definido con la Ley Bitcoin y la Ley de Activos Digitales, ofreciendo un entorno legal estable y predecible para inversores y proyectos blockchain. 
  • Atractivo potencial de mercado para las billeteras digitales y otros servicios que promueven la inclusión financiera: 70% de los ciudadanos siguen sin estar bancarizados. 
  • El alto nivel de adopción de tecnología y comunicaciones que está detonando el desarrollo de operaciones relacionadas con tecnología financiera en El Salvador: 68% de los adultos tiene un smartphone con acceso a internet (Según encuesta realizada por el Banco Central de Reserva de El Salvador). 
  • Creciente conocimiento del ecosistema de criptomonedas en el país. Oportunidades de inversión • Billeteras digitales 
  • Agencias cambiarias 
  • Custodia de Bitcoin 
  • Proveedores de servicios relacionados al Bitcoin 
  • Bitcoin City
  • Talento humano sobresaliente con un rendimiento excepcional en los indicadores clave del sector. 
  • Acento neutro tanto en inglés como en español y afinidad cultural con mercados principales como Estados Unidos y Latinoamérica. 
  • Incentivos fiscales favorables. 
  • Rápida curva de aprendizaje y lealtad. 
  • Excelente plataforma de telecomunicaciones. Oportunidades de inversión 
  • Centros de contacto: venta de productos, recepción de pedidos, ventas cruzadas y ventas ascendentes, gestión de las relaciones con los clientes, asistencia técnica, atención al cliente, prospección de clientes, asistencia técnica/garantía, captación y fidelización de clientes, llamadas entrantes y salientes, programación de citas. 
  • Servicios de procesamiento empresarial: Captura de datos, contabilidad general, procesamiento de pedidos, conciliaciones bancarias, procesamiento de transacciones, contabilidad de activos fijos, informes de datos, estudios e investigación de mercado, contabilidad de inventarios, procesamiento de nóminas. 
  • Servicios de tecnologías de la información: desarrollo web, desarrollo móvil, diseño UX/UI, DevOps, control de calidad.

Ley de Emisión de Activos Digitales

La ley salvadoreña proporciona un marco legal claro para las inversiones en activos digitales, asegurando transacciones seguras en ofertas públicas. Regula las responsabilidades de los emisores y proveedores de servicios de activos digitales, fomentando un mercado eficiente y protegiendo los intereses de los inversores. 

Esta legislación es ideal para quienes buscan invertir en el creciente mercado de activos digitales.

Actividades elegibles: 

  1. Intercambio de activos digitales por dinero fiduciario o equivalente o por otros activos digitales, ya sea utilizando capital propio o de un tercero. 
  2. Operar una plataforma de intercambio o comercialización de activos digitales o activos digitales derivados. 
  3. Evaluación del riesgo y del precio, así como de la suscripción de las emisiones de activos digitales. d. Colocar activos digitales en plataformas o billeteras digitales. 
  4. Promocionar, estructurar y administrar todo tipo de productos de inversión en activos digitales.
  5. Las siguientes operaciones cuando son realizadas en nombre y a favor de terceros: 
  • Transferir activos digitales o los medios de accesarlos o controlarlos, entre personas naturales o jurídicas o entre diferentes adquirentes, billeteras electrónicas o cuentas de activos digitales.           
  • Resguardar, custodiar o administrar activos digitales o los medios para accesarlos o controlarlos. 
  • Recibir y transmitir órdenes de compra o venta de activos digitales o la negociación de activos digitales derivados. 
  • Ejecutar órdenes de compra o venta de activos digitales derivados. 
  • Emitir certificaciones de los activos digitales y los contratos inteligentes a los que se refiere la presente ley, de conformidad con los lineamientos establecidos en la normativa correspondiente dictada por la comisión. 

Beneficios: 

  • El rendimiento de los activos digitales será determinado en el momento de la transacción, de acuerdo con las condiciones del mercado de activos digitales. Los activos digitales podrán tener un descuento o premio, de acuerdo con la práctica del mercado de activos digitales en que se emiten. 
  • El valor nominal y los rendimientos o ingresos provenientes de activos digitales estarán exentos de toda clase de gravámenes, tributos, impuestos, tasas y contribuciones, de cualquier clase y naturaleza, presentes o futuros, sean ordinarios o extraordinarios o incluso especiales. La ganancia de capital o renta ordinaria obtenida por la compraventa o cualquier otro modo de transferencia de los activos digitales, incluyendo con donación de deudas, estará exenta de cualquier tipo de tributación. 
  • Los emisores, certificadores y los proveedores de servicios de activos digitales registrados, gozarán de todos los beneficios fiscales establecidos en el punto anterior respecto a la actividad relacionada con activos digitales que desarrollan, estando exentos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y Prestación de Servicios, Impuesto sobre la Renta, municipales o cualquier otro tributo independiente de su naturaleza; también estará exonerado de la obligación de retener dichos tributos en el caso que exista esta obligación. 
  • En el caso de las personas jurídicas, los beneficios fiscales de los literales dos puntos anteriores se aplicarán tanto a la entidad como a los socios o accionistas individualmente considerados, respecto a las utilidades o dividendos provenientes de las actividades detalladas en los puntos anteriores. 
  • Los beneficios fiscales establecidos en los puntos anteriores no aplicarán cuando se realicen operaciones de intercambio de activos digitales por bienes o servicios que no se encuentren detallados en el artículo 19 de esta Ley. 

Obtención de licencia de proveedor de activos digitales

Desde Consensus Lex estamos ofreciendo a nuestros clientes que puedan formar una empresa que pueda brindar los servicios de proveedor de activos digitales, pudiendo ser: 

  1. pasarela de pagos
  2. custodio
  3. Exchange 
  4. Wallet.

Las nuevas sociedades salvadoreñas que desarrollen las actividades contempladas en la ley, podrán obtener por 15 años los siguientes beneficios fiscales:

  • Exención de todo tipo de retenciones del Impuesto Sobre la Renta respecto de las actividades incentivadas
  • Exención del pago de la Ganancia de Capital
  • Exención total de impuestos municipales sobre el activo neto declarado por los beneficiarios
  • Exención de Derechos Arancelarios a la Importación de bienes, insumos, maquinarias, equipos y herramientas necesarios para el desarrollo de las actividades incentivadas.

Costo de tarifa gubernamental de licencia ante el CNAD:

Con el inicio de la solicitud de licencia no se paga ninguna tarifa gubernamental. 

El costo de la licencia ante el CNAD es por la cantidad de 15 salarios mínimos en El Salvador (el cual a la fecha es de $365.00), que al multiplicarlo da la cantidad de $5,475.00 los cuales se pagan con la resolución de aprobación de la licencia, para ello la CNAD emite resolución exigiendo el pago.

Adecuación del Programa de Anti Lavado de dinero

Nuestra firma puede ayudarle revisando los documentos del programa antilavado de dinero, para adecuarlo a la legislación salvadoreña o le apoyará elaborando los siguientes documentos obligatorios, como parte de su programa de antilavado de dinero (AML por sus siglas en inglés), con los siguientes documentos:

  • Elaboración del Manual AML
  • Elaboración del Código de Ética
  • Programa de capacitación AML
  • Programa de Capacitación en Código de Ética
  • Procedimientos de aprobación de programa AML
  • Acta de nombramiento del Oficial de Cumplimiento
  • Capacitación para el Consejo de Administración y accionistas
  • Preparación del formulario KYC
  • Elaboración de procedimientos para operaciones sospechosas
  • Desarrollo del programa KYC
  • Registro en la UIF de la Fiscalía General de la República.

No incluye servicio de oficial de cumplimiento (Adicional) el cual se deben buscar 2 profesionales que hagan la función de oficial propietario y suplente. 

ASPECTOS SOCIETARIOS RELEVANTES

  • Los accionistas deben ser como mínimo 2, los cuales pueden ser extranjeros. Puede realizarse la incorporación de accionistas visitando el país o mediante poder notariado y apostillado, enviando nosotros el formato para que acudan a un notario de su país.
  • Los accionistas y directivos pueden ser extranjeros y residir fuera de El Salvador, debiendo dejar un apoderado en El Salvador.
  • Capital social mínimo de constitución de sociedad $ 2,000.00 pagando al inicio el 5% es decir $100.00. El valor mínimo de la acción es de $1. (UN DÓLAR)
  • Se propone una sociedad anónima de capital variable. Con ello, no hay límite de accionistas ni de inversión, pueden incorporarse los que deseen haciendo el debido aumento y aporte de capital, que puede ser en dólares o bitcoin. Estos son anotados en el Libro de aumentos/disminuciones de la sociedad y se aplican a la parte del capital variable. No implica modificación del pago. Se reportan al final del ejercicio fiscal.

APLICACIÓN A LA LEY DE INCENTIVOS FISCALES

De cumplir con los requisitos, se concedería la Calificación de Incentivo Fiscal por parte del Ministerio de Economía para gozar por 15 años sin impuestos sobre la renta, a la ganancia y municipales, e impuestos a la importación de equipos, herramientas y accesorios relacionados a las actividades autorizadas. La empresa quedaría sujeta a controles y auditorías para verificar que ejerce dicha actividad y lleva sus obligaciones mercantiles, contables y legales en regla. 

Pueden aplicar a los beneficios de esta Ley, las nuevas sociedades domiciliadas en El Salvador a partir de junio de 2023, que realicen las siguientes actividades:

  1. Programación, gestión, mantenimiento, consultoría y análisis de sistemas informáticos o softwares;
  2. Desarrollo y comercialización de servicios de computación en la nube y de flujo de datos; inteligencia artificial, análisis masivo de datos; tecnología de registro distribuido; soluciones de ciberseguridad;
  3. Tecnologías basadas en la fabricación de piezas, materiales y equipos o instalaciones, ensamblaje, incluidas las plantas de manufactura para equipos tecnológicos o hardware, semiconductores, tecnología de las comunicaciones, robótica, nanotecnología, aeronaves y vehículos no tripulados;
  4.  Ingeniería y tecnologías de sistemas necesarias para integrar tecnologías industriales básicas a cadenas productivas globales.
  5. Nuevas fuentes de generación y almacenamiento de energía que no existan actualmente dentro de la matriz energética nacional, y sujeto a autorizaciones y concesiones según sea el caso
  6. Investigación y desarrollo de nuevas tecnologías

Principales requisitos:

    • Creación de sociedad mercantil en El Salvador y con domicilio fiscal en el país
    • Llevar contabilidad formal y cumplir con las obligaciones mercantiles
    • Estar solvente en impuestos
    • Organigrama de la empresa, indicando los trabajadores que entrarán en planilla y quienes, por servicios profesionales; indicación de extranjeros y salvadoreños, así como la opción de teletrabajo.
    • Diagrama de flujo de trabajo a realizar
    •  Descripción del producto o servicio (brouchure)
    • Resumen ejecutivo del proyecto de inversión: monto de nueva inversión proyectada, plazo para ejecutarla, equipo y bienes que necesitan para hacer el proyecto
    • Fecha estimada de inicio de operaciones, la cual no puede ser superior a 4 meses desde la presentación de la solicitud.
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